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Calendario fiscal año 2004

Publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa en el Número 13 el 22 de Febrero del 2004.

foto hojas de calendario
 

Impto. s/vehiculos de tracción mecánica:
Periodo voluntario: 1 de marzo al 26 de abril.
—Tasa de Basuras, agua y alcantarillado:
6.º Bimestre 2003 (nov.-dic).
Periodo voluntario: 15 de febrero al 25 de marzo.
1.º Bimestre 2004 (enero-febrero).
Periodo voluntario: 15 de abril al 25 de mayo.
2.º Bimestre 2004 (marzo-abril).
Periodo voluntario: 15 de junio al 26 de julio.
3.º Bimestre 2004 (mayo-junio).
Periodo voluntario: 15 de agosto al 25 de septiembre.
4.º Bimestre 2004 (julio-agosto).
Periodo voluntario:15 de octubre al 25 de noviembre.
5.º Bimestre 2004 (septiembre-octubre).
Periodo voluntario: 15 de diciembre- 25 de enero 2005.
—I.B.I.
Periodo voluntario: 15 de mayo – 30 junio.
—I.A.E.
Periodo voluntario: 1 de octubre al 10 de noviembre.
Entrada de Vehículos al interior de las fincas a través de las aceras.
Periodo voluntario: 1 de octubre al 10 de noviembre.
Ayuda a domicilio: Un mes desde el mes inmediato posterior a cada mes liquidado.
Piso Tutelado: Un mes desde el mes inmediato posterior a cada mes liquidado.
—Venta ambulante:
1.º trimestre: Del 1 al 15 de enero.
2.º trimestre: Del 1 al 15 de marzo.
3.º trimestre: Del 1 al 15 de junio.
4.º trimestre: Del 1 al 15 de septiembre.

Observaciones:
1)Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de las mismas, se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos periodos de cobro y por un periodo de un mes.


2)Las cuotas y demás elementos tributarios en cuanto no constituyen altas en los respectivos registros, sino que hacen referencia a un hecho imponible ya notificado individualmente al sujeto pasivo, serán notificadas colectivamente, al amparo de lo que prevé el art. 124.2 de la Norma Foral General Tributaria.


3)Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en los mismos incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de exposición pública.


4)Junto al anuncio del calendario fiscal anteriormente expuesto se publica los periodos de cobranza de los citados ingresos públicos. Los mismos se efectuarán de acuerdo con los siguientes extremos:
  a) Medios de pago: Dinero de curso legal o cheque nominativo a favor del Ayuntamiento.
  b) Lugares de pago: En las entidades colaboradoras que figuran en el documento de pago, o en las oficinas municipales.
  c) Advertencia de que transcurridos los periodos de pago relacionados en el apartado a), las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.


5)Los recibos domiciliados se cobrarán por la entidad bancaria correspondiente el último día del periodo voluntario.

 

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