—Impto.
s/vehiculos de tracción mecánica:
Periodo voluntario: 1 de marzo al 26 de abril.
—Tasa de Basuras, agua y alcantarillado:
6.º Bimestre 2003 (nov.-dic).
Periodo voluntario: 15 de febrero al 25 de marzo.
1.º Bimestre 2004 (enero-febrero).
Periodo voluntario: 15 de abril al 25 de mayo.
2.º Bimestre 2004 (marzo-abril).
Periodo voluntario: 15 de junio al 26 de julio.
3.º Bimestre 2004 (mayo-junio).
Periodo voluntario: 15 de agosto al 25 de septiembre.
4.º Bimestre 2004 (julio-agosto).
Periodo voluntario:15 de octubre al 25 de noviembre.
5.º Bimestre 2004 (septiembre-octubre).
Periodo voluntario: 15 de diciembre- 25 de enero 2005.
—I.B.I.
Periodo voluntario: 15 de mayo – 30 junio.
—I.A.E.
Periodo voluntario: 1 de octubre al 10 de noviembre.
—Entrada de Vehículos
al interior de las fincas a través de las aceras.
Periodo voluntario: 1 de octubre al 10 de noviembre.
Ayuda a domicilio: Un mes desde el mes inmediato posterior a cada
mes liquidado.
Piso Tutelado: Un mes desde el mes inmediato posterior a cada mes
liquidado.
—Venta ambulante:
1.º trimestre: Del 1 al 15 de enero.
2.º trimestre: Del 1 al 15 de marzo.
3.º trimestre: Del 1 al 15 de junio.
4.º trimestre: Del 1 al 15 de septiembre.
Observaciones:
1)Los padrones fiscales, conteniendo
las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de
las mismas, se expondrán al público en las oficinas
municipales quince días antes de iniciarse los respectivos
periodos de cobro y por un periodo de un mes.
2)Las cuotas y demás
elementos tributarios en cuanto no constituyen altas en los respectivos
registros, sino que hacen referencia a un hecho imponible ya notificado
individualmente al sujeto pasivo, serán notificadas colectivamente,
al amparo de lo que prevé el art. 124.2 de la Norma Foral
General Tributaria.
3)Contra la exposición
pública de los padrones y de las liquidaciones en los mismos
incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición,
previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de exposición pública.
4)Junto al anuncio del calendario
fiscal anteriormente expuesto se publica los periodos de cobranza
de los citados ingresos públicos. Los mismos se efectuarán
de acuerdo con los siguientes extremos:
a) Medios de pago: Dinero
de curso legal o cheque nominativo a favor del Ayuntamiento.
b) Lugares de pago: En
las entidades colaboradoras que figuran en el documento de pago,
o en las oficinas municipales.
c) Advertencia de que transcurridos
los periodos de pago relacionados en el apartado a), las deudas
serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán
el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las
costas que se produzcan.
5)Los recibos domiciliados se
cobrarán por la entidad bancaria correspondiente el último
día del periodo voluntario. |